El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, a los efectos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
Esta iniciativa se enmarca en el desarrollo del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027 busca reforzar las restricciones sobre el consumo de cigarrillos y dispositivos electrónicos.
El texto incorpora medidas destinadas a ofrecer mayor claridad jurídica frente a la proliferación de nuevos productos relacionados con el tabaco que, hasta la fecha, carecían de una regulación específica y adaptada a su naturaleza.
- Cigarrillos electrónicos, con o sin nicotina, incluidos todos sus componentes (cartucho, depósito, dispositivo).
- Bolsitas de nicotina para uso oral, compuestas total o parcialmente por nicotina natural o sintética, en forma de sobres, polvo o comprimidos.
- Productos a base de hierbas, utilizados para fumar, vaporizar o inhalar, como shishas o mezclas vegetales sin tabaco.
- Dispositivos para el consumo de productos calentados, incluidos los que funcionan con tabaco u otros preparados.
Estos productos quedarán sometidos a las mismas restricciones legales que el tabaco convencional:
- Prohibición de fumar o utilizar estos productos en espacios públicos cerrados y en una lista ampliada de entornos exteriores, tales como terrazas de bares, recintos donde se desarrollen espectáculos públicos, instalaciones deportivas, parques infantiles, estaciones de transporte o centros educativos, entre otros.
- Prohibición de consumo por parte menores de edad.
- Prohibición de venta y suministro de cigarrillos electrónicos de un solo uso
- Prohibición de toda forma de publicidad, promoción y patrocinio, directa o indirecta, en cualquier medio de comunicación, incluido el ámbito digital.
- Obligación de señalización clara en los espacios donde se prohíbe su uso o consumo.
- Aplicación de un régimen sancionador específico
- Nuevas obligaciones de etiquetado e información.
Como parte de la nueva estructura de prevención, se restablece el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo, órgano de coordinación interadministrativa para el seguimiento de políticas públicas en esta materia.
Uno de los puntos que finalmente ha quedado fuera del texto es el empaquetado genérico, una medida defendida por Sanidad pero que no ha conseguido el respaldo necesario.
Hay que recordar que se ha aprobado el anteproyecto de ley en el Consejo de Ministros, por lo que la ley ahora debe empezar su recorrido parlamentario. A lo largo de este, los partidos pueden presentar enmiendas.