Respuesta breve: el Proyecto de Ley que pretendía reformar la Ley 28/2005 ha decaído tras la disolución de las Cortes y sus medidas no han entrado en vigor. La regulación vigente sigue siendo la aplicable. Hay, además, un proyecto reglamentario distinto sobre productos del tabaco y relacionados, que tampoco debe confundirse con una norma aprobada.

Situación comprobada a 10 de octubre de 2026

  • El Real Decreto 806/2026 disolvió el Congreso y el Senado y convocó elecciones para el 29 de noviembre.
  • El artículo 207 del Reglamento del Congreso establece que, disuelta la Cámara, caducan los asuntos pendientes de examen y resolución. El proyecto de ley del tabaco no llegó a aprobarse.
  • Las medidas de ese proyecto no modificaron la Ley 28/2005 ni crearon obligaciones nuevas para los estancos.
  • El proyecto de modificación del Real Decreto 579/2017 es otro expediente y continúa siendo una propuesta mientras no se apruebe y publique la norma definitiva.

Qué llegó a proponer el proyecto de ley

El texto aprobado por el Consejo de Ministros en julio de 2026 planteaba cambios en la Ley 28/2005 sobre espacios sin humo, productos relacionados con el tabaco, publicidad y otros aspectos. Eran propuestas sometidas a tramitación parlamentaria; no producían por sí mismas efectos obligatorios.

Al disolverse las Cortes, el proyecto no continuó su recorrido en esa legislatura. Para aprobar una reforma legal en el futuro será necesaria una nueva iniciativa y su correspondiente tramitación.

Situación actualQué puede cambiar más adelante
La Ley 28/2005 continúa siendo la referencia vigente, con sus modificaciones en vigor.Una nueva iniciativa legislativa podría proponer reformas, pero tendría que tramitarse y aprobarse.
El proyecto de ley que se encontraba en las Cortes ha decaído y no creó obligaciones nuevas.El proyecto reglamentario sobre el Real Decreto 579/2017 es distinto y aún no equivale a una norma publicada.
La situación del negocio debe analizarse con sus cifras y condiciones reales.El efecto de una eventual norma dependerá de su texto definitivo, entrada en vigor y aplicación concreta.

¿Debe hacer algo ahora el titular?

No es necesario cambiar el escaparate, retirar productos o modificar una operación de compraventa únicamente por las medidas del proyecto de ley que ha decaído. El titular debe seguir cumpliendo la normativa vigente y comprobar cualquier cambio cuando se apruebe y publique una norma aplicable.

Sanidad ha sometido a audiencia un proyecto reglamentario distinto sobre productos del tabaco y relacionados. Mientras siga siendo un proyecto, sus propuestas no son obligaciones. Si una compra o una inversión depende de alguna de esas medidas, conviene distinguir el texto propuesto de la regulación que finalmente entre en vigor.

El proyecto reglamentario sobre el Real Decreto 579/2017

El Ministerio de Sanidad ha publicado otro proyecto para modificar el Real Decreto 579/2017. Incluye propuestas sobre cigarrillos electrónicos con y sin nicotina, productos relacionados, etiquetado y otras condiciones de comercialización. No es el Proyecto de Ley que decayó con la disolución de las Cortes ni una norma vigente: el texto puede cambiar durante su tramitación y debe revisarse en su versión definitiva, si llega a aprobarse.

Cómo valorar su efecto en una compraventa

El decaimiento del proyecto de ley no justifica por sí solo aumentar o reducir el precio de un estanco. La valoración debe seguir apoyándose en la información del negocio: ventas y márgenes acreditados, gastos, local, personal, segundo canal, inversión necesaria, ubicación y plazo concesional restante reconstruido documentalmente.

Si en el futuro se aprueba una regulación que afecte a productos o a la forma de comercializarlos, su repercusión deberá estudiarse sobre el negocio concreto. Para valorar una oportunidad también conviene revisar qué relación guarda el precio solicitado con las cifras, el local y las condiciones del estanco.

Conclusión

El proyecto de reforma de la Ley 28/2005 ha decaído y no creó nuevas obligaciones para los estancos. La normativa vigente sigue aplicándose. El proyecto reglamentario sobre el Real Decreto 579/2017 debe seguirse por separado, sin anticipar como ciertos sus posibles efectos.

Estancos y Loterías revisará las novedades oficiales y su incidencia en las operaciones de compra y venta.

Preguntas frecuentes

¿Ha entrado en vigor la reforma de la Ley del Tabaco de 2026?

No. El proyecto no llegó a aprobarse en las Cortes y ha decaído tras la disolución del Congreso. Sus medidas no sustituyeron a la Ley 28/2005 vigente.

¿Hay que cambiar ahora el escaparate o retirar productos?

No por las medidas de ese proyecto de ley. Debe cumplirse la normativa actualmente en vigor y revisar cualquier obligación nueva cuando se publique la norma correspondiente.

¿El proyecto reglamentario sobre el Real Decreto 579/2017 es lo mismo?

No. Es una propuesta normativa distinta, publicada por Sanidad para audiencia. Sus medidas no deben tratarse como obligaciones hasta que se aprueben y publiquen definitivamente.

¿Debe cambiar el precio de una compraventa?

No de forma automática. El precio debe estudiarse con los datos del negocio y las reglas vigentes. Una propuesta normativa solo será relevante en la medida en que llegue a aprobarse y afecte de forma concreta a esa expendeduría.

¿Está valorando comprar o vender un estanco y quiere analizar qué normativa afecta realmente a la operación?

Podemos revisar con usted la situación concreta del negocio y separar las obligaciones vigentes de los proyectos o cambios todavía no aprobados.

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Actualizado: 10 de octubre de 2026.

Publicado por el Equipo de Estancos y Loterías

Equipo especializado en operaciones de compra, venta e intermediación de estancos, Administraciones Integrales y Receptores Mixtos en España. Estancos y Loterías asume la responsabilidad editorial y la revisión profesional de estos contenidos.